10 de marzo de 2011

PARA REFLEXIONAR

Del documento "Puntos para la reflexión" que Dª Mª Rosa de la Cierva, Consejera del Consejo Escolar del Estado, desarrollo durante su ponencia en las pasadas Jornadas de Formación organizadas por FECAPA extraemos los puntos que creemos más oportuna y más interés para que en el seno de las familias se medite y extraigamos conclusiones sobre nuestra función educadora.

1.- DERECHO FUNDAMENTAL DE LOS PADRES a participar en la educación de sus hijos: derecho y obligación en todos los ámbitos. Anterior a cualquier normativa jurídica.
*** ¿Somos conscientes y coherentes los Padres a la hora de nuestro compromiso en la educación de nuestras hijos?

2.- DERECHO a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones.
***¿Hacen los Padres el seguimiento para que sea así?

3.- DERECHO PREFERENTE a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.
***¿ Los Padres pueden ejercer este derecho “preferente”?

4.- DERECHO A LA EDUCACIÓN SIN DISCRIMINACIÓN. (art. 1 y 2 de la Convención relativa a la lucha contra la discriminación en el campo de la enseñanza de Diciembre de 1960)
***Los Padres que lo desean, ¿mantienen sus derechos con firmeza?

5.- Los Estados partes en el presente Pacto reconocen que, con objeto de lograr el pleno ejercicio del derecho de toda persona a la educación- que “la ENSEÑANZA SUPERIOR debe hacerse igualmente accesible a todos, sobre la base de la capacidad de cada uno, por cuantos medios sean apropiados, y en PARTICULAR POR LA IMPLANTACIÓN PROGRESIVA DE LA ENSEÑANZA GRATUITA” (Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de 1966, art. 13, 2, c)
*** ¿Qué actitud y acciones siguen los Padres para su consecución?
Se refiere a la gratuidad del Bachiller

6.- ACUERDO SANTA SEDE Y ESTADO ESPAÑOL SOBRE ENSEÑANZA Y ASUNTOS CULTURALES. (art. 2)
“Las autoridades académicas adoptarán las medidas oportunas para que el hecho de recibir o no recibir la enseñanza religiosa no suponga discriminación alguna en la actividad escolar. ”
*** ¿Reclamen los Padres que sea así en los centros educativos donde están sus hijos? .

7.- En la LOE se afirma: Los Padres o tutores , en relación con la educación de sus hijos o pupilos tienen los siguientes derechos:
e) A participar en el proceso de enseñanza y aprendizaje de sus hijos.
f) A participar en la organización, funcionamiento, gobierno y evaluación del centro educativo, en los términos establecidos en las leyes.
g) A ser oídos en aquellas decisiones que afecten a la orientación académica y profesional de sus hijos.
(DF 1ª, 2)
***¿Es efectiva esta participación?

8.- Dice el Santo Padre Benedicto XVI:
“Tanto los padres como los profesores sienten fácilmente la tentación de abdicar de sus tareas educativas y de no comprender ya ni siquiera cuál es su papel, o mejor, la misión que les ha sido encomendada. Pero precisamente así no ofrecemos a los jóvenes, a las nuevas generaciones, lo que tenemos obligación de transmitirles. Con respecto a ellos somos deudores también de los verdaderos valores que dan fundamento a la vida. “

“Solo la esperanza fiable puede ser alma de la educación, como de toda la vida”

“ La familia primera escuela de la vida y de la fe”

*** ¿Cómo escuchan los Padres este Mensaje del Santo Padre?

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